Audiencia e información pública del Proyecto de Real Decreto por el que se crea y regula la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública

Le informamos que ha sido publicado en el Portal de Transparencia del Ministerio de Sanidad el trámite de Audiencia e información pública del Proyecto de Real Decreto por el que se crea y regula la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública.
https://www.sanidad.gob.es/normativa/audiencia/home.htm

Este proyecto de RD tiene por objeto la creación y regulación de la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública y de sus Laboratorios Nacionales de Referencia para la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública. El real decreto se estructura en cuatro capítulos. El capítulo I de disposiciones generales establece el objeto, definiciones, el ámbito de aplicación y los principios generales. El capítulo II define la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública. En su sección 1ª define su estructura, fines y funciones. En su sección 2ª la gobernanza y órganos de la Red. En la sección 3ª establece los informes que se obtendrán del misma y su evaluación y en la sección 4ª el deber de colaboración. El capítulo III se dedica a los sistemas de vigilancia. En su sección 1ª define los sistemas de vigilancia que componen la Red, su organización y funcionamiento, los procedimientos y protocolos de la Red y el tratamiento de la información de la misma. En su sección 2ª se recogen los fines y los eventos objeto de vigilancia de cada uno de los sistemas incluidos en la Red. El real decreto se estructura en cuatro capítulos. El capítulo I de disposiciones generales establece el objeto, definiciones, el ámbito de aplicación y los principios generales. El capítulo II define la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública. En su sección 1ª define su estructura, fines y funciones. En su sección 2ª la gobernanza y órganos de la Red. En la sección 3ª establece los informes que se obtendrán del misma y su evaluación y en la sección 4ª el deber de colaboración. El capítulo III se dedica a los sistemas de vigilancia. En su sección 1ª define los sistemas de vigilancia que componen la Red, su organización y funcionamiento, los procedimientos y protocolos de la Red y el tratamiento de la información de la misma. En su sección 2ª se recogen los fines y los eventos objeto de vigilancia de cada uno de los sistemas incluidos en la Red.

Si deseas hacer alegaciones a través del COBCM, debes enviarlas hasta el 27 de febrero a cobcm@cobcm.net.