Consulta pública previa- RD protección frente pseudoterapias (plazo finalizado)

Os informamos que el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ha abierto una Consulta pública previa sobre un Proyecto de Real Decreto por la que se modifican distintas normas con objeto de proteger la salud de las personas frente a las pseudoterapias. Adjunto se remite el texto del Proyecto de Real Decreto, la fecha de finalización de envío de aportaciones es el 15 de enero de 2019.

Les damos traslado de ello a fin que, si consideran que, como en otras ocasiones, la UICM debe realizar alguna alegación conjunta, nos hagan llegar sus aportaciones/observaciones, a la mayor brevedad posible, sería bueno que nos envíen sus observaciones o comentarios al COBCM como fecha límite el 9 de enero de 2019.

Igualmente, por si desean realizar aportaciones de manera individualizada, les informamos que el buzón para el envío de aportaciones: cartera-farmacia@mscbs.es  y que pueden encontrar más información sobre esta consulta previa en: https://www.mscbs.gob.es/normativa/consultas/home.htm

Con este Proyecto de Real Decreto se pretenden modificar estas cuatro normas:

Orden, de 19 de junio de 1984, por la que se regula el reconocimiento de interés sanitario para actos de carácter científico https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1984-14886

Real Decreto 1416/1994, de 25 de junio, por el que se regula la publicidad de medicamentos de uso humano y de los productos sanitarios https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-17681

Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-18085

Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-19572

Asimismo, se indica que los objetivos de la norma son incluir modificaciones normativas para evitar la publicidad engañosa de las pseudoterapias, garantizar que todas las actividades sanitarias se realizan por profesionales que dispongan de la titulación oficialmente reconocida y eliminar las pseudoterapias de los centros sanitarios. En el texto de la consulta también se indica que se propone modificar el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios con objeto de:

– Reforzar los artículos de la norma que correspondan para evitar el intrusismo y garantizar que todas las actividades sanitarias se realizan por profesionales que dispongan de la titulación oficialmente reconocida, como por ejemplo definición de dichos centros, servicios y de actividades sanitarias.

– Clarificar la definición de las unidades asistenciales U.101. Terapias no convencionales y U.900. Otras unidades asistenciales para eliminar cualquier posible inclusión pseudoterapias en los centros sanitario