Modificación Ley de residuos Recogida separada biorresiduos, textiles, residuos peligrosos (plazo finalizado)
Este es el anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados, que nos ha llegado a través del Consejo Asesor de Medio Ambiente (CAMA).
Adjunto también, para su información, la Memoria de análisis de impacto normativo.
El objeto del texto es la transposición parcial de las novedades del marco europeo de residuos, en lo relativo a recogida separada obligatoria de residuos textiles y residuos peligrosos de origen doméstico, y la de biorresiduos (adelantando para biorresiduos la fecha de las obligaciones, respecto a la Directiva europea).
Modificaciones:
- Art. 3. g) Definición de biorresiduo
- Art. 21.2. Obligación de recogida separada de residuos textiles y residuos peligrosos
- Art. 24. Biorresiduos. Establece las obligaciones de recogida separada para biorresiduos:
- De origen doméstico
- De origen comercial o industrial
- Cita la promoción del uso de compost, digerido y biogas
- Envases que se pueden recoger conjuntamente con los biorresiduos
- Compostaje doméstico y comunitario, se desarrollaran reglamentariamente las condiciones para que este quede exento de la autorización del art. 27 y los criterios de fin de condición de residuo
Le ruego remita sus comentarios hasta el lunes 28 de enero a economia@ceim.es, para trasladarlos a CEOE.