Junta de Gobierno

La Junta de Gobierno es el órgano ejecutivo, de dirección y administración del COBCM elegido por todos los colegiados de forma democrática, según los Estatutos aprobados por los colegiados. Está constituida por un Decano, dos Vicedecanos, un Secretario, un Tesorero y siete Vocales, elegidos el 26 de junio de 2020.

Decana  Mª Isabel Lorenzo Luque
Vicedecano 1º   Emilio Pascual Domínguez
Vicedecana 2ª   Mª Isabel Marta Morales
Secretario   Juan E. Jiménez Pinillos
Tesorero  Rafael Moreno Benito
Vocal 1º  Mar Pérez Calvo
Vocal 2ª   Lorenzo Vidal Sánchez
Vocal 3º   Carmen Canga Pérez
Vocal 4º   Pilar Casado de Amezua Ayala
Vocal 5º   Judith Cano Ruiz
Vocal 6º   vacante

COMPOSICION JUNTAS DE GOBIERNO ANTERIORES COBCM


Competencias

  • Ejecutar los acuerdos de la Junta General.
  • Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y Reglamentos del COBCM.
  • Dirigir la gestión y administración del COBCM para el cumplimiento de sus fines.
  • Manifestar, en forma oficial y pública, la opinión del COBCM.
  • Representar los intereses profesionales ante los poderes públicos, así como velar por el prestigio de la profesión y de la defensa de sus derechos.
  • Presentar estudios, informes y dictámenes cuando le sean requeridos, asesorando a los órganos del Estado y a cualesquiera entidades públicas o privadas. Para ello se podrán designar Comisiones de trabajo específicas.
  • Designar los representantes del COBCM en los órganos consultivos de las distintas Administraciones Públicas.
  • Acordar el ejercicio de acciones y la interposición de recursos administrativos y jurisdiccionales.
  • Someter cualquier asunto de interés general para el COBCM a la deliberación y acuerdo de la Junta General.
  • Regular los procedimientos de colegiación, baja, pago de cuotas y otras aportaciones y cobro de honorarios, según los Estatutos.
  • Organizar actividades y servicios de carácter cultural, profesional, asistencial y de previsión en beneficio de los colegiados.
  • Crear Comisiones abiertas, por iniciativa propia o de los colegiados.
  • Recaudar las cuotas y aportaciones establecidas, elaborar el presupuesto anual, el balance anual, ejecutar el presupuesto y organizar y dirigir el funcionamiento de los servicios generales del COBCM.
  • Informar a los colegiados de las actividades y acuerdos del COBCM y preparar la Memoria anual de su gestión.
  • Nombrar y cesar el personal administrativo y de servicios del COBCM.
  • Confeccionar, periódicamente, un directorio de colegiados y difundirlos entre éstos y las demás personas jurídicas a las que pueda interesar.
  • Acordar la convocatoria de sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta General.
  • Convocar la elección de cargos para la Junta de Gobierno.
  • Aprobar el Acta de la sesión anterior.
  • Adquirir o enajenar cualquier clase de bienes del COBCM según el presupuesto vigente y aprobado por la Junta General.

Composición y funciones

Decano

  1. Decidir, con su voto de calidad, los empates en las votaciones.
  2. Ejecutar los acuerdos que los órganos colegiales adopten.
  3. Adoptar las resoluciones que sean imprescindibles para la buena marcha del Colegio, procediendo inmediatamente a la convocatoria del órgano colegial competente en su ratificación, modificación o revocación.
  4. Representar al COBCM y gestionar sus asuntos ante autoridades y entidades públicas o privadas.
  5. Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias y la fijación del orden del día, teniendo en cuenta, en su caso las peticiones de los demás miembros formuladas con la suficiente antelación.
  6. Presidir el desarrollo de las sesiones y debates, moderar su desarrollo y suspender las mismas por causas justificadas.
  7. Coordinar las actuaciones de los miembros de la Junta de Gobierno.
  8. Visar todas las certificaciones que expida el Secretario.
  9. Autorizar los libramientos u órdenes de pago.
  10. Legitimar con su firma los libros de contabilidad y cualquier otro de naturaleza oficial.
  11. Visar los informes y comunicaciones que oficialmente se dirijan por el COBCM a las Autoridades y entidades públicas o privadas.
  12. Autorizar el ingreso o retirada de fondos de cuentas corrientes o de ahorro del COBCM.
  13. Otorgar poder a favor de Procuradores en los Tribunales y de Letrados en nombre del COBCM.
  14. Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos.
  15. Asegurar el cumplimiento de las leyes.
  16. Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Decano.

Atribuciones de los Vicedecanos

El Vicedecano Primero sustituirá al Decano en los casos de ausencia, vacante o enfermedad, y desempeñará todas aquellas funciones que le encomiende la Junta de Gobierno o delegue en él el Decano, previo conocimiento por la Junta de Gobierno de la referida delegación.

El Vicedecano Segundo sustituirá al Decano en los casos de ausencia, vacante o enfermedad simultánea del Decano y Vicedecano Primero y desempeñará todas aquellas funciones que le encomiende la Junta de Gobierno o delegue en él el Decano, previo conocimiento por la Junta de Gobierno de la referida delegación.

Vacantes los puesto de Decano, Vicedecano Primero y Vicedecano Segundo, ejercerá las funciones de aquel el miembro de la Junta de Gobierno que sea elegido por los demás componentes de la misma, quién deberá dar cuenta de la nueva situación a la Junta General Extraordinaria convocada a tal efecto y convocar inmediatamente elecciones para cubrir los cargos vacantes.

Secretario

  1. Redactar y dar fe de las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta General y de la Junta de Gobierno.
  2. Custodiar la documentación del COBCM y los expedientes de los colegiados.
  3. Expedir certificaciones a instancia de parte interesada, con el visto bueno del Decano.
  4. Expedir y tramitar comunicaciones y documentos, dando cuenta de los mismos a la Junta de Gobierno y/u órgano competente a quien corresponda.
  5. Ejercer la jefatura del personal administrativo y de servicios necesario para la realización de las funciones colegiales, así como organizar materialmente los servicios administrativos, la disposición de locales y material necesarios para su funcionamiento.
  6. Llevar el libro-registro de los visados de trabajos profesionales.
  7. Redactar la memoria de gestión anual para su aprobación en la Junta General.

En casos de ausencia, vacante o enfermedad del Secretario, un miembro de la Junta de Gobierno elegido por ella, le sustituirá y desempañará todas aquellas funciones encomendadas por la Junta de Gobierno, debiendo ésta última de dar cuenta de la nueva situación a la Junta General extraordinaria convocada a tal efecto y convocar inmediatamente elecciones para cubrir el puesto vacante.

Tesorero

  1. Recaudar y custodiar los fondos pertenecientes al COBCM, siendo responsable de ellos.
  2. Firmar recibos, recibir cobros y realizar pagos ordenados por el Decano.
  3. Dar cuenta a la Junta de Gobierno de los colegiados que no están al corriente de pago, para que se les reclame las cantidades adeudadas o se apruebe la tramitación de su baja.
  4. Redactar el anteproyecto de presupuestos del COBCM a presentar por la Junta de Gobierno a la aprobación de la Junta General.
  5. Hacer el balance del presupuesto del ejercicio anterior a presentar por la Junta de Gobierno para la aprobación por la Junta General.
  6. Proponer a la Junta de Gobierno los proyectos relativos a incrementos o decrementos de ingresos cuando sea necesario.
  7. Llevar los libros de contabilidad correspondientes.
  8. Verificar los arqueos que la Junta de Gobierno estime oportunos.
  9. Por expreso acuerdo de la Junta de Gobierno, abrir cuentas corrientes o de ahorro y retirar fondos de ellas, de la forma establecida en los Estatutos.
  10. Llevar inventario minucioso de los bienes del COBCM, de los cuales será su administrador.

Vacante el puesto de Tesorero, ejercerá las funciones de aquel el miembro de la Junta de Gobierno que sea elegido por los demás componentes de la misma, quien deberá dar cuenta de la nueva situación a la Junta General Extraordinaria convocada a tal efecto y convocar inmediatamente elecciones para cubrir los cargos vacantes.

Vocales

  1. Desempeñar los cometidos que les confíe la Junta General, la Junta de Gobierno o el Decano, previo conocimiento de la Junta de
    Gobierno, así como desarrollar y presidir las Comisiones creadas con la autorización de la Junta de Gobierno.
  2. Colaborar con los titulares de los restantes cargos de la Junta de Gobierno y sustituirlos cuando sea necesario.

Sesiones

La Junta de Gobierno del COBCM se reunirá cuantas veces sea convocada por el Decano, a iniciativa propia o a petición de al menos un tercio de sus componentes. En todo caso, se reunirá, como mínimo cuatro veces al año.

Las convocatorias se comunicarán con una antelación no inferior a ocho días, expresando el orden del día y no podrán tomarse acuerdos sobre materias no incluidas en éste, salvo que estén presentes todos sus miembros y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple y en caso de empate, el voto del Decano decidirá el acuerdo a tomar.

Elecciones de la Junta de Gobierno

Cada cuatro años la Junta de Gobierno del COBCM celebrará elecciones ordinarias en las que se renovarán la totalidad de los cargos de ésta. La convocatoria de elecciones, ordinarias o extraordinarias, se hará al menos con dos meses de antelación a la fecha de su celebración y contendrá un detallado calendario de todo el proceso electoral.

Todos los colegiados tienen derecho a actuar como electores y elegibles en la elección democrática libre, directa y secreta de los miembros de la Junta de Gobierno del COBCM. Los procesos de proclamación de candidaturas, listado de electores, mesa electoral, interventores, votación, escrutinio, proclamación de resultados, toma de posesión y recursos se detallan cuidadosamente en los Estatutos del COBCM.